¿Cuánto cobrarías de baja y qué pensión te quedaría como autónomo?
Dos cálculos en uno: la prestación por baja (incapacidad temporal) y la pensión de jubilación según tus cotizaciones. Reglas de 2026 y el calendario ya legislado. Sin registro: todo se calcula en tu navegador.
La base por la que cotizas (aparece en tu recibo de autónomos). En 2026 va de 653,59 € a 5.101,20 €. La prestación se calcula sobre la base del mes anterior a la baja.
Cobrarías el primer mes de baja
0,00 €
Cada fila es un periodo: desde cuándo, hasta cuándo y la base mensual (en € de hoy). Las filas pasadas son tu historial; las futuras, tu plan — cámbialas para ver cómo varía la pensión. Deja «Hasta» vacío en el último periodo para cotizar a esa base hasta el día que te jubiles.
¿De dónde saco mis bases reales? Descarga gratis tu Informe de bases de cotización en Import@ss (Seguridad Social): trae la base mensual de cada periodo de tu vida laboral.
¿Qué base puedo elegir según mis ingresos? (tramos 2026)
Rendimiento neto mensual
Base mín.
Base máx.
Cuota mín.
Cuota máx.
Tabla 2026 (Orden PJC/297/2026, BOE). Cuota = base × 31,5% (tipo 2026: 28,30% comunes + 1,30% profesionales + 0,90% cese + 0,10% formación + 0,90% MEI). El rendimiento neto que mira la Seguridad Social descuenta un 7% de gastos genéricos (3% para autónomos societarios) y se promedia por los meses de alta. Para años futuros aún no hay tabla aprobada: úsala como referencia.
Desde
Hasta
Base €/mes
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Se calcula sola a partir de tus cotizaciones; puedes cambiarla.
Pensión de jubilación estimada (bruta)
0,00 €/mes
Te jubilas
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Jubilación más temprana
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Años cotizados
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Base reguladora
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BR cuenta desde
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% aplicado
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Saber lo que cotizas es saber lo que cobrarás
Tu baja y tu pensión dependen de la base por la que cotizas. En Cuéntamo llevas tus ingresos y gastos al día, ves tu rendimiento neto y puedes anticipar qué base te conviene — para no descubrir tarde que cotizaste de menos toda la vida.
Desde 2019 todos los autónomos cotizan obligatoriamente por contingencias comunes y profesionales, así que tienes derecho a la prestación por incapacidad temporal (IT). La base de cálculo es tu base de cotización del mes anterior a la baja, dividida entre 30 (la base reguladora diaria).
Enfermedad común o accidente no laboral: los días 1 a 3 no cobras nada; del día 4 al 20, el 60% de la base reguladora; a partir del día 21, el 75%.
Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el 75% desde el día siguiente a la baja, sin los tres días de espera.
Para la enfermedad común necesitas haber cotizado al menos 180 días en los 5 años anteriores y estar al corriente de pago. En accidente o enfermedad profesional no se exige periodo previo.
La cuota durante la baja. Sigues pagando tu cuota de autónomo los primeros 60 días. A partir del día 61, la mutua o la Seguridad Social asume tu cotización por todas las contingencias durante el resto de la baja, de forma automática.
Cómo se calcula la pensión de jubilación del autónomo
La pensión se calcula igual que en el régimen general; lo único propio del autónomo es que la base de la que se parte es la base de cotización que has ido eligiendo. La cadena es:
Base reguladora: la media de tus bases de cotización de los últimos 25 años antes de jubilarte (la suma de las últimas 300 bases mensuales dividida entre 350). Solo cuenta lo cotizado en esa ventana: cotizar por la mínima toda la vida hace una base reguladora baja.
Porcentaje por años cotizados: con 15 años (el mínimo) cobras el 50%; el porcentaje sube cada mes cotizado hasta el 100%, que se alcanza a los 36 años y 6 meses en 2026 y a los 37 años desde 2027.
Edad de jubilación: en 2026, 66 años y 10 meses (o 65 con ≥ 38 años y 3 meses cotizados); desde 2027, 67 años (o 65 con ≥ 38 años y 6 meses).
Topes: el resultado se limita por arriba a la pensión máxima (3.359,60 €/mes en 2026) y por abajo por la pensión mínima. Se cobra en 14 pagas al año.
Por qué pedimos tu calendario de cotizaciones. Como la base reguladora es la media de los últimos 25 años, tus cotizaciones pasadas y las futuras pesan en el resultado. Por eso la calculadora te deja introducir tu historial y variar lo que cotizarás de aquí en adelante: así ves, en euros, cuánto te conviene subir la base — y qué años aún puedes cambiar antes de jubilarte.
Trabajamos en euros de hoy (términos reales): así no hay que inventar la inflación futura, y la actualización de las bases por IPC que hace la Seguridad Social queda neutralizada. La cifra que ves es una estimación en valor actual, no una resolución del INSS.
¿Cuánto me conviene cotizar?
No hay una respuesta única. Cotizar por encima de la base mínima mejora la baja y, sobre todo, la pensión, pero solo cuenta de verdad lo que cotices en los últimos 25 años de tu carrera. Por eso muchos asesores recomiendan subir la base en la recta final hacia la jubilación. Usa la calculadora para probar distintas bases futuras y ver el efecto en tu pensión.
Preguntas frecuentes
La base reguladora diaria es tu base de cotización del mes anterior dividida entre 30. En enfermedad común no se cobra nada los días 1 a 3; del día 4 al 20 cobras el 60% de la base reguladora; y a partir del día 21, el 75%. En accidente de trabajo o enfermedad profesional se cobra el 75% desde el día siguiente a la baja, sin los tres días de espera.
Sí durante los primeros 60 días. A partir del día 61, la mutua o la Seguridad Social asume el pago de tu cuota por todas las contingencias durante el resto de la baja, de forma automática.
Igual que en el régimen general: una base reguladora a partir de la media de las bases de cotización de los últimos 25 años (la suma de las últimas 300 bases mensuales dividida entre 350), un porcentaje según los años cotizados (50% a los 15 años, hasta el 100%) y los topes mínimo y máximo. Se cobra en 14 pagas al año.
En 2026, 36 años y 6 meses; desde 2027, 37 años. Con 15 años cotizados (el mínimo) se cobra el 50% de la base reguladora, y el porcentaje sube cada mes cotizado hasta el 100%.
La edad ordinaria depende del año y de los años cotizados. En 2026 son 66 años y 10 meses, o 65 con al menos 38 años y 3 meses cotizados. Desde 2027 son 67 años, o 65 con al menos 38 años y 6 meses.
Sí, pero solo cuenta en la base reguladora lo cotizado en los últimos 25 años antes de jubilarte. Cotizar por una base más alta en esos años sube tu pensión; cotizar por la mínima toda la vida la reduce. La calculadora te deja variar tus bases futuras para verlo.
Herramienta orientativa; no es una resolución de la Seguridad Social ni del INSS. Baja: reglas del RD 1273/2003 y bases de la Orden PJC/297/2026 (2026). Jubilación: la estimación aplica las reglas vigentes y el calendario YA legislado según tu año de jubilación (edad ordinaria y escala de porcentaje de la Ley 27/2011; base reguladora del art. 209 LGSS, con la reforma del RD-ley 2/2023 — neutra si mantienes una base constante; pensión mínima/máxima de 2026 del RD 241/2026). Se calcula en euros de hoy (valor real), asumiendo continuidad de cotización sin lagunas y que la base máxima/los topes evolucionan con el IPC (no proyectamos inflación). La pensión real depende de décadas de cotización y de futuros cambios normativos. Constantes verificadas el 30 de junio de 2026. Para tu caso, consulta tu informe de vida laboral y el simulador oficial de la Seguridad Social o un asesor.